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Mala praxis

¿Sufriste un daño por una atención médica?Abogado de mala praxis en Mendoza

No toda complicación médica es mala praxis, y por eso conviene analizarlo con calma y con la documentación. Como abogados de mala praxis en Mendoza, revisamos tu caso y te explicamos si hay fundamento para reclamar y cómo seguir.

Lunes a viernes de 9 a 19 hs. · En el estudio o por videollamada. Por WhatsApp no hace falta que nos cuentes detalles de tu caso.

Orientación práctica

Qué hacer primero

  1. Paso 1: Pedí la historia clínica completa

    Es tuya: la Ley 26.529 dice que el paciente es el titular de la historia clínica y que, cuando la pide, le tienen que entregar una copia autenticada dentro de las 48 horas, salvo emergencia. Pedila por escrito y guardá la constancia. En ciertos casos también pueden pedirla el cónyuge, el conviviente o los herederos.

  2. Paso 2: Guardá estudios y comprobantes

    Juntá estudios, informes, recetas, órdenes, facturas, comprobantes de pago y de tu obra social o prepaga, y cualquier mensaje o correo con el profesional o la institución. No entregues originales: si te los piden, dejá copias.

  3. Paso 3: Anotá fechas y nombres

    Armá una cronología: cuándo te atendieron, dónde, quiénes intervinieron y qué te dijeron en cada momento. Si alguien te acompañó, anotá quién fue: puede ayudar a reconstruir lo que pasó.

  4. Paso 4: No firmes acuerdos sin consultarnos

    Si la institución, el profesional o una aseguradora te proponen un acuerdo, un pago o que firmes una renuncia o un recibo, leelo con nosotros antes de firmar: podría limitar tu reclamo.

  5. Paso 5: Cuidá tu salud

    Seguí atendiéndote, si preferís con otro profesional, y guardá los comprobantes de los nuevos tratamientos y gastos. Tu salud es lo primero, y esa documentación también sirve para evaluar el daño.

Esta orientación es general. Cada caso tiene particularidades y plazos propios: para saber qué te conviene hacer a vos, consultanos.

En qué te podemos ayudar

Casos que atendemos

  • Reclamos por daños causados por errores o negligencias en la atención médica.
  • Responsabilidad de clínicas, sanatorios y otras instituciones de salud privadas.
  • Reclamos que involucran a obras sociales y empresas de medicina prepaga por la atención de sus prestadores.
  • Reclamos por la atención en hospitales públicos, que se rigen por las normas de responsabilidad del Estado.
  • Mala praxis odontológica.
  • Falta de consentimiento informado antes de una práctica o una cirugía.
  • Revisión de la historia clínica y evaluación inicial del caso junto con médicos consultores.
  • Negociación y reclamo judicial de la indemnización: incapacidad, gastos médicos, pérdida de ingresos y daño moral.
  • Reclamos de familiares cuando el paciente falleció.

Cómo trabajamos en mala praxis

La primera consulta puede ser en el estudio, en Necochea 575 de la Ciudad de Mendoza, o por videollamada. Escuchamos lo que pasó y revisamos la documentación que tengas; si falta la historia clínica, te explicamos cómo pedirla. Con ese análisis te decimos en claro si vemos fundamento para reclamar, contra quién y por qué vía, y si avanzamos, te mantenemos al tanto de cada etapa.

La información sobre tu salud es sensible: la tratamos con reserva y queda protegida por el secreto profesional. Para ordenar la documentación y el seguimiento de cada caso usamos sistemas de gestión propios asistidos por inteligencia artificial, siempre bajo la supervisión de un abogado, que es quien analiza y decide.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Cuándo hay mala praxis y cuándo un mal resultado sin culpa?

La medicina no siempre puede asegurar un resultado. Por regla general, el profesional responde si actuó con culpa (negligencia, imprudencia o impericia) y eso causó el daño, salvo que se haya comprometido a un resultado concreto (Código Civil y Comercial, arts. 1724 y 1768). Un mal resultado, por sí solo, no alcanza. Por eso el primer paso es revisar la historia clínica y, muchas veces, pedir la opinión de un médico independiente.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Como regla general, el Código Civil y Comercial fija un plazo de tres años para reclamar la indemnización de daños (art. 2561). Pero desde cuándo se cuenta ese plazo, y si se aplican otras normas (por ejemplo, si te atendieron en un hospital público), depende de cada caso. Por eso conviene consultarnos pronto, aunque todavía no tengas toda la documentación.

¿A quién se demanda: al médico, a la clínica, a la obra social o al Estado?

Depende de cómo se prestó la atención. Además del profesional, pueden responder la clínica o el sanatorio donde te atendieron, y la obra social o la prepaga a través de la cual accediste a esa atención. Si fue en un hospital público, el reclamo puede dirigirse al Estado, que responde según normas propias del derecho administrativo (Código Civil y Comercial, art. 1765). Definir contra quién reclamar es parte del análisis inicial.

¿Necesito una pericia médica antes de iniciar?

No siempre es un requisito para empezar, pero la opinión médica es central en estos casos. Dentro del juicio, un perito designado por el juzgado analiza la atención recibida. Antes de iniciar, conviene que un médico de confianza revise la historia clínica y los estudios: ayuda a decidir si hay fundamento para reclamar y cómo plantearlo. En la consulta te explicamos cómo trabajamos esa etapa.

¿Cuánto tarda un juicio por mala praxis?

No hay un plazo fijo. Influyen la complejidad médica del caso, la cantidad de partes (profesionales, instituciones, obras sociales o aseguradoras), las pericias y los tiempos del juzgado. En general son procesos largos, que pueden llevar años, y en algunos casos las partes llegan antes a un acuerdo. En la consulta te damos una estimación realista para tu situación, sin promesas.

¿Y si fue un odontólogo?

También puede haber un reclamo. Los odontólogos son profesionales de la salud y su actuación se analiza con criterios similares: si hubo culpa y si eso causó un daño. En algunos tratamientos puede discutirse si el profesional se comprometió a un resultado concreto, lo que cambia el análisis (Código Civil y Comercial, art. 1768). Guardá presupuestos, radiografías, fotos y comprobantes de pago.

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El primer paso es una conversación

Hablemos de tu caso.

Contanos qué te pasa y te decimos cómo seguir. Te responde una persona, de lunes a viernes de 9 a 19 hs, en el centro de Mendoza o por videollamada.