Mi ex no me deja ver a mi hijo: el régimen de comunicación
Lo que antes se llamaba régimen de visitas hoy es el régimen de comunicación, y existe para proteger el vínculo de los chicos con los dos. Te contamos cómo se fija, qué hacer si no se cumple y cómo planificar los viajes de vacaciones.

Por María Cecilia Granzini · Mat. N.º 10.115
Publicada el · Última revisión: · 5 min de lectura
Lo que antes se llamaba “régimen de visitas” hoy se llama régimen de comunicación, y parte de una idea simple: el progenitor que no vive con los chicos tiene el derecho y el deber de mantener con ellos una comunicación fluida (art. 652 del Código Civil y Comercial). Si todavía no hay un acuerdo ni una sentencia, en Mendoza se empieza por una mediación. Si ya existe un acuerdo homologado o una sentencia y no se cumple, se le pide al juzgado que lo haga cumplir (art. 170 de la Ley 9.120).
Cuando no podés ver a tu hijo, es natural sentir angustia o enojo. Acá va lo esencial para actuar con calma y pensando primero en los chicos.
¿Cómo se llama ahora el régimen de visitas? ¿Y la tenencia?
Desde 2015 el Código usa otras palabras, y no es solo un cambio de nombre:
- La “tenencia” ahora es el cuidado personal: los deberes y facultades sobre la vida cotidiana del hijo (art. 648).
- Cuando los padres no conviven, la primera opción es el cuidado compartido indistinto: el hijo vive principalmente con uno, pero los dos comparten las decisiones y las tareas de crianza (arts. 650 y 651).
- Si el cuidado queda a cargo de uno solo, el otro tiene el derecho y el deber de una comunicación fluida con el hijo (art. 652). Ese cuidado unipersonal es excepcional, y el juez tiene en cuenta, entre otras cosas, qué progenitor facilita el trato con el otro (art. 653).
¿Qué hago si mi ex no me deja ver a mi hijo?
Depende de si ya hay algo acordado o resuelto por un juez.
Si no hay acuerdo ni sentencia
El primer paso en Mendoza es una mediación previa y obligatoria en el Poder Judicial (art. 23 bis inc. c de la Ley 9.120, según la Ley 9.609). Es gratuita y podés ir con nosotros. Es una buena oportunidad para armar un plan de parentalidad: dónde y cuánto tiempo está el hijo con cada uno, quién se ocupa de qué, las vacaciones y fechas especiales, y cómo se comunica con el progenitor con quien no vive (art. 655). Si no hay acuerdo, lo resuelve el juzgado de familia (art. 656).
Si ya hay un acuerdo homologado o una sentencia
Se puede pedir su ejecución en el juzgado. El juez intima a quien no cumple a hacerlo en un plazo razonable y puede imponer sanciones conminatorias u otras sanciones; también puede escuchar a los chicos (art. 170 de la Ley 9.120). Ante incumplimientos reiterados, el Código le permite al juez tomar medidas razonables para que el régimen se cumpla (art. 557).
Además, existe una ley nacional sobre el impedimento de contacto con el progenitor no conviviente (Ley 24.270). Antes de elegir un camino, conviene evaluar cuál protege mejor el vínculo con tu hijo.
Si hay un riesgo para los chicos
Si quien tiene el cuidado se opone porque cree que el contacto puede perjudicar al hijo, el juez decide por la vía más breve y fija el régimen más conveniente, siempre con el interés del niño como guía (art. 652). Si hubo violencia, contalo desde el principio: cambia el camino a seguir.
¿Los abuelos también tienen derecho a ver a sus nietos?
Sí. Quien tiene a su cargo a los chicos debe permitir la comunicación con los abuelos y demás ascendientes, los hermanos y los parientes por afinidad en primer grado (art. 555), y también con quien justifique un interés afectivo legítimo (art. 556).
¿Y la cuota alimentaria?
Son dos temas distintos, y conviene no mezclarlos en la discusión: cada uno tiene su propio camino. Tené en cuenta que el cuidado compartido no elimina la cuota si los ingresos de los padres son desiguales (art. 666). Lo explicamos en cómo se calcula la cuota alimentaria en Mendoza.
Vacaciones de verano: qué conviene acordar y cómo son los permisos de viaje
Las vacaciones suelen ser el momento de más roces. Lo mejor es acordarlas con tiempo: el plan de parentalidad puede fijar el régimen de vacaciones, feriados y fechas importantes para la familia (art. 655).
Viajes al exterior
Para que un hijo salga del país hace falta el consentimiento expreso de los dos progenitores (art. 645 inc. c). La autorización se hace ante escribano público o ante las autoridades que correspondan según el domicilio, según explica la guía oficial sobre la Disposición 2656/2011 de la Dirección Nacional de Migraciones. Los requisitos y costos cambian: confirmalos con el escribano o la oficina antes de ir.
Si uno de los dos no firma o no puede hacerlo, resuelve un juez pensando en el interés de la familia. En Mendoza:
- el pedido de autorización para salir del país ya no necesita mediación previa desde 2025 (art. 23 bis inc. c, según la Ley 9.609);
- es un trámite oral: el juez convoca a una audiencia dentro de los cinco días y, después, dicta sentencia en otros cinco, fijando el período del viaje y los destinos (arts. 137 a 140 de la Ley 9.120);
- la notificación se hace por WhatsApp u otra aplicación de mensajería (art. 4 bis, según la Ley 9.609).
Un cambio de residencia al extranjero también requiere el consentimiento de los dos o la autorización judicial (art. 645 inc. c).
Viajes a otra provincia
Si tu hijo viaja con uno de sus progenitores, en general no hace falta un permiso formal. Si hay desacuerdo, se puede pedir una autorización judicial para salir de la provincia, que tampoco pasa por mediación previa. En cualquier caso, avisar con tiempo y dejar el acuerdo por escrito evita conflictos.
Qué conviene hacer ahora
- Guardá el acuerdo o la sentencia que fija el régimen, si existe.
- Anotá cada incumplimiento con fecha y hora, y conservá los mensajes, sin discutir delante de los chicos.
- Proponé por escrito días y horarios concretos: muestra tu voluntad de acordar.
- Planificá el verano ahora: si ya sabés que el otro no va a firmar un permiso de viaje, no lo dejes para diciembre.
- No condiciones el contacto a la cuota, ni en un sentido ni en el otro.
En la consulta te escuchamos y te explicamos qué camino conviene en tu caso, siempre buscando acuerdos que cuiden a los chicos. Podés conocer cómo trabajamos en derecho de familia.